Ciudad

En la sesión ordinaria del jueves 1 de octubre se dictó una ley, a través de la cual se da respuesta a la necesidad de dar un marco legal a la habilitación de centenares de espacios culturales que funcionan en la ciudad de Buenos Aires. También fueron protegidos inmuebles del barrio de Caballito cercanos al Cid Campeador.

La ley que regula los Centros Culturales en la ciudad de Buenos Aires recibió sanción definitiva tras un dictamen favorable de la Comisión de Planeamiento Urbano aprobado por unanimidad. La iniciativa permite incorporar a los Códigos de Planeamiento Urbano y de la Edificación el rubro Centros Culturales a los que define como: "el espacio no convencional y/o experimental y/o multifuncional en el que se realicen manifestaciones artísticas de cualquier tipología, que signifiquen espectáculos, funciones, festivales, bailes, exposiciones, instalaciones y/o muestras con participación directa o tácita de los intérpretes y/o asistentes".

Los Centros Culturales fueron clasificados en cuatro categorías según su capacidad de asistentes: el "Clase A" podrá recibir hasta 150 personas; el "Clase B" de 151 a 300 personas, no pudiendo ser la superficie de piso mayor a 500 metros cuadrados; "Clase C" desde 301 hasta 500 personas, no pudiendo ser la superficie de piso mayor a 1000 metros cuadrados y "Clase D" aquellos que superen las 500 personas con una superficie de piso mayor a 1000 metros cuadrados. La ley también detalla los medios de egreso, los servicios de salubridad, el sistema de iluminación de emergencia, las previsiones contra incendio y los requisitos de evacuación.

"Los Centros Culturales funcionan como espacios de interacción comunitaria. En ellos se brindan talleres artísticos, se crean medios de comunicación, se desarrollan espacios de educación popular, y se les brinda espacio a distintos artistas o colectivos artísticos para mostrar su arte. La finalidad no es el lucro, ni la mera difusión de expresiones artísticas, sino la participación de los vecinos como protagonistas en la producción de cultura popular", sostienen los fundamentos de la iniciativa de autoría de la Defensoría del Pueblo, que pasó por Audiencia Pública el 21 de abril de 2015 cumpliéndose así lo establecido por los artículos 89º y 90º de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el Recinto expusieron a favor Gabriela Seijo, Karina Spalla (PRO), Pablo Ferreyra (SL), Lorena Pokoik (FpV), Javier Gentilini (FR) y Gustavo Vera (BC). 

Catalogan inmuebles para su protección

En los términos del Código de Planeamiento Urbano recibieron protección cautelar los inmuebles ubicados en la avenida San Martín N° 1802 y 1555 y calle Galicia N° 649. "El objetivo principal de la propuesta es preservar para el futuro, un conjunto de residencias de valor histórico, urbanístico y simbólico que integra el singular paisaje cultural consolidado y de valor patrimonial, en un sector de la avenida San Martín en proximidad al Monumento al Cid Campeador, que se ha convertido en un hito barrial, además de ser un referente tipológico urbano de la Ciudad", destacan los fundamentos de la iniciativa, de autoría de la ex Defensora del Pueblo y diputada de la Ciudad de Buenos Aires MC, Dra. Alicia Pierini.

La ley recibió sanción definitiva a través de un dictamen favorable de la Comisión de Planeamiento Urbano tras haberse realizado el 21 de abril de 2015 la Audiencia Pública correspondiente. 

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El diputado Cristian Ritondo (PRO) encabezó la sesión

 

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