Ciudad

Funcionará en un polígono que comprende los barrios de La Boca, y parte de San Telmo y Barracas y se dispusieron exenciones impositivas específicas para las actividades que allí se desarrollen. Por otra ley crearon Centros de Atención Veterinarios fijos y móviles.

La iniciativa del Jefe de Gobierno Mauricio Macri, de promover las actividades artísticas en la Ciudad de Buenos Aires creando el llamado Distrito de las Artes comprendiendo los barrios de La Boca, y parte de San Telmo y Barracas, y una serie de exenciones impositivas específicas para las actividades que allí se desarrollen, esta noche tuvo sanción con fuerza de ley por parte del parlamento porteño.

El objeto de la norma es fortalecer la actividad artística en la zona sur de la Ciudad, como así también estimular el traspaso de emprendedores del rubro a los mencionados barrios. La creación del Distrito, según expresan los fundamentos de los dictamenes de mayoría de las comisiones de Cultura, Desarrollo Económico y de Presupuesto "pretende agrupar a los distintos sectores artísticos en una zona que ya cuenta con la infraestructura necesaria para que sus actividades prosperen, conformando, de ese modo, un cluster con toda la cadena de creación, producción y comercialización de contenido artístico".

La delimitación del Distrito de las Artes comprenderá el polígono comprendido por ambas aceras de Avenida Regimiento de Patricios, calles Pi y Margall, Piedras, Avenida Martín García, Tacuarí, Avenida San Juan, Avenida Ing. Huergo, Avenida Elvira Rawson de Dellepiane, las parcelas frentistas de la Dársena Sur, ambas márgenes, y la ribera norte del Riachuelo. Esto obedeció a la tradición artística de La Boca, San Telmo y Barracas, La Usina de las Ideas y el Museo de Arte Moderno, el interés del Ejecutivo en promover el desarrollo de las zonas relegadas, y el potencial de construcción del área, de conformidad con la zonificación correspondiente.

La ley que el Ejecutivo deberá reglamentar dentro de los 120 días de su publicación, establece una serie de destinatarios de los beneficios, comprendiendo a aquellas personas que se dedican, en forma principal a las actividades promovidas, es decir artes visuales, musicales, literarias y escénicas. Asimismo, se beneficia a los desarrolladores de infraestructura artística, a los Centros Educativos, universidades e institutos universitarios reconocidos por la ley nacional Nº 24.521, estudios de danzas, escuelas de teatro y de artes plásticas y música, y a los Estudios de Artistas que se instalen en el Distrito.

Las excepciones impositivas alcanzan a los impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras, y Derechos de Delineación y Construcciones. Habrá otros incentivos, tales como líneas de crédito del Banco de la Ciudad de Buenos Aires y la autorización de éste para realizar aportes a Sociedades de Garantías Recíprocas.

Además, se creó en el ámbito de los Ministerios de Cultura y de Desarrollo Económico el Registro del Distrito de las Artes (RDA).

Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones establecidas en el Código Fiscal, el incumplimiento de lo establecido en la Ley o su reglamentación, traerá aparejada la aplicación de sanciones tales como baja de la inscripción en RDA, pérdida de los beneficios otorgados, con más los intereses que correspondan e inhabilitación para volver a solicitar la inscripción en el RDA, entre otras.

Miembro informante fue la Diputada Lía Rueda (PRO), titular de la Comisión de Cultura. Ante la presencia en los palcos de numerosos vecinos, la Vicejefa de Gobierno María Eugenia Vidal instó a la votación nominal en general y en particular que fue realizada a las 2.10 horas, resultando de 37 votos positivos y 5 negativos aportados por los bloques Frente Progresista y Popular y Nuevo Encuentro.

Crearon Centros de Atención Veterinarios

Se aprobó sobre tablas una ley con texto consensuado por el Cuerpo parlamentario mediante la cual se creó en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, Centros Fijos de Atención Veterinaria Comunal (CFAV) y el Centro Móvil de Atención Veterinaria (CMAV) que atenderán de manera ambulatoria animales domésticos, callejeros y semi callejeros que necesiten tratamientos. En el mismo sentido se realizará una Campaña de Control Demográfico Animal.el Programa de Protección Animal (P.P.A.) que consiste en controlar la natalidad de perros y gatos a través de su esterilización, y asistirlos en el control de parasitosis externas e internas y en casos de emergencia. La iniciativa fue votada positivamente en general y en particular con 43 votos.

Para el funcionamiento de este sistema, de autoría del Diputado Daniel Amoroso (CP), el Departamento de Sanidad y Protección Animal deberá diseñar e implementar un Programa de Esterilización Quirúrgico de animales domesticos, callejeros y semicallejeros; el cual sera masivo, gratuito y sistemático que deberá garantizar un mínimo de esterilizaciones del diez por ciento (10%) de la población total estimada de animales vagabundos y/o callejeros  y semi callejeros por año ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que debe llevarse a cabo a través de los CMAV y CFAV. Los CFAV tienen entre sus competencias la realización de tratamientos antisárnicos, vacunación antirrábica, esterilización, desparasitación y otras patologías de baja y mediana complejidad.

"Este proyecto no sólo prevé la protección animal sino que establece además el control de enfermedades por medio de vacunas y medicamentos, que en la  interacción entre el ser humano y el animal, traen aparejadas múltiples enfermedades  infectocontagiosas altamente perjudiciales para ambos. Con la esterilización animal, tanto de machos como de hembras, se elimina la posibilidad del apareamiento, evitando la proliferación de animales. Asimismo genera beneficios en la mascota pues previene tumores de mama y de útero que suelen aparecer en la vejez del animal", expresan los fundamentos.

Dirección General de Prensa y Difusión

Tel/Fax: 4338-3160/62

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires - Perú 130

www.legislatura.gov.ar - prensa@legislatura.gov.ar

23347671
Hoy
Ayer
Esta semana
Semana pasada
This Month
Last Month
Total
211
3656
6577
12951117
157791
255193
23347671

Your IP: 40.77.167.36
2024-04-16 02:02