Ciudad

Fue ampliado de 2 a 5 años el tiempo legal para uso temporario de fábricas o comercios administrados por cooperativas de trabajadores, tras el abandono o quiebra de sus propietarios.

Por iniciativa del diputado Gabriel Fuks (CNM), la Legislatura porteña modificó la ley de expropiaciones para extender de 2 a 5 años el plazo en favor de los trabajadores que se hicieron cargo de empresas fallidas o abandonadas por sus dueños.

La norma tratada había obtenido dictamen conjunto de las comisiones de Desarrollo Económico y de Asuntos Constitucionales y hoy fue votada en sesión ordinaria por la unanimidad de los 54 diputados presentes.

Se modificaron artículos de la Ley 238 (de expropiaciones) en la parte referida a los plazos de ocupación o uso temporario de empresas. Se trata del otorgamiento de permisos de uso temporarios que posibilitaron la continuidad de emprendimientos por parte de empleados y trabajadores ante abandonos abruptos de las empresas por sus dueños, quiebras o crisis empresariales de distintos tipos.

"Se tiene por abandonada la expropiación si el expropiante no promueve el juicio dentro de los cinco años de entrada en vigencia de la ley, ya se trate de bienes individualmente determinados o de bienes determinados genéricamente", dice uno de los artículos de la norma sancionada.

Otro artículo estipula: "La ocupación o uso temporario no puede extenderse por más de cinco años desde que comienza el uso del bien por parte del expropiante. Transcurrido dicho período, y una vez intimada su devolución por el propietario/a, el bien debe ser restituido. En caso contrario el propietario/a tiene derecho a accionar judicialmente por expropiación inversa. Igual derecho le corresponde cuando el bien restituido no puede ser utilizado para su uso habitual".

"Transcurrido el plazo de cinco años de otorgamiento del permiso de uso, si el propietario/a del bien no hubiese accionado judicialmente ejerciendo el derecho establecido en el artículo 33 de la presente, podrá renovarse el permiso de uso mediante ley específica”, dice otra de las premisas aprobadas. 

El autor de la iniciativa argumentó que "el período de dos años establecido en el artículo 33 de la ley 238 para los permisos de uso temporario, ha resultado a todas luces insuficiente para darle un horizonte mínimo de estabilidad al esfuerzo de esas cooperativas para recuperar un emprendimiento en problemas, del cual la mayoría de las veces debieron hacerse cargo impensada y abruptamente".

"Para que un grupo de trabajadores tenga cierto horizonte de certeza al hacerse cargo de una empresa en problemas, un período de dos años es a todas luces insuficiente y contraproducente", abundaron los fundamentos.

Designaciones en la Agencia de Bienes Sociedad del Estado

La Legislatura porteña designó a Sebastián Palazzo y a Gladys Josefa Arca como integrantes suplentes del Directorio de la Agencia de Bienes Sociedad del Estado, en los términos del artículo 7 de la Ley N° 5.558 y el artículo 11 del Estatuto de la Agencia de Bienes Sociedad del Estado. Además, a Pablo Mariano Scorzato y a Marta Sylvia Velarde como integrantes suplentes de la sindicatura de la Agencia en los términos del artículo 8 de la Ley N° 5.558 y el artículo 284 de la Ley 19.550. La resolución se aprobó con 40 votos, 12 negativos (CC, FpV, PSA, FIT, AyL y PTS) y las abstenciones del PS y SP.

La Ley N° 5.558 creó la Agencia de Bienes Sociedad del Estado para llevar adelante políticas de fomento que integren y mejoren la gestión urbana de la Ciudad, impulsando actividades que procuren el desarrollo humano, sustentable y la innovación.

Esta norma creó un Directorio compuesto por siete miembros: el Presidente, el Vicepresidente, tres vocales titulares y cinco vocales suplentes, que son designados por el Poder Ejecutivo, y dos miembros restantes, que son designados por la Legislatura, con la mayoría absoluta de sus miembros, en representación de los bloques políticos opositores. Conforme el artículo 11 del Estatuto, corresponde que la Legislatura designe dos miembros suplentes.

Por otra parte, esa misma normativa estableció que la Agencia contará con tres Síndicos: uno será designado por el Poder Ejecutivo y los dos restantes serán designados por la Legislatura, con mayoría absoluta de sus miembros, en representación de los bloques políticos opositores. En este sentido, y conforme el artículo 284 de la Ley General de Sociedades - N° 19.550 se elegió igual número de síndicos suplentes.

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Diputada Carmen Polledo (PRO), preside parte de la sesión ordinaria.

 

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